Seguna Ley de protección de los indígenas en el territorio de Brasil durante el periodo de la unión de coronas. Promulgada después de la recepción por el rey de diversos pareceres (enviados por los oidores Cosme Rangel, Martim Leitão, Antonio Aguiar, y por el jesuita Marçal Beliarte), derogaba la legislación anterior y prohibía el cautiverio de indígenas, salvo los apresados en una "guerra justa" declarada y firmada por el rey.